Ayer hablábamos de los trámites que hay que dar a la hora de rehabilitar cualquier vehículo dado de baja. En el relato que os hice todo salía a la primera, pero hay algunos detalles que hay que tener en cuenta para conseguir que nuestra "lucha" con la administración llegue a buen puerto.
Hoy vamos a ahondar un poco más sobre esos puntos y algunos obstáculos que pueden dar al traste con nuestro trabajo. Porque tratando con la administración la lista de peros puede ser más larga que la propia lista de requisitos a cumplir. Veamos lo que nos podemos encontrar.
En el primer paso, el de pedir un informe sobre el estado administrativo, puede tener varios resultados. Podemos encontrarnos con una baja temporal, una situación que nos obliga a que el titular que aparece en tráfico que tramitó esa baja colabore, porque necesitamos su DNI, que nos firme el contrato de compra-venta y una autorización para que podamos hacer los trámites en su nombre. Y puede que aún así en tráfico nos digan que necesitan que el titular se presente en persona o que traigas su DNI original.
El vehículo puede estar dado de baja en una fecha posterior a enero de 2003. Esta fecha es cuando se inició el primer plan renove, aquel en el que los vehículos antiguos se daban de baja a cambio de una ayuda para comprar un vehículo más moderno. Los dados de baja a partir de esa fecha se supone que lo han sido para acabar en un chatarrero, con lo que la administración considera que no pueden ser rehabilitados. Mal asunto si tenemos uno de baja tras esa fecha.
El vehículo que rehabilitamos en esta ocasión estaba dado de baja a principios de los años ochenta. En aquel momento (no conozco la fecha concreta) se tramitaron muchas bajas porque hubo un cambio en la reglamentación y hubo quien no actualizó la documentación de su vehículo, con lo que la administración les dio de baja de oficio. Esto implica que los datos de esos vehículos están en los archivos de Tráfico, pero no están accesibles a través de la red informática. Con lo que se da la situación que tuvimos nosotros. La Dirección provincial de Alicante no tiene acceso a ellos y la de su provincia de origen si, pero necesitan unos días para rebuscar entre los archivos hasta localizar el papel físico.
Algo parecido pasa con algunos vehículos muy antiguos. Y en caso de que no localicen la documentación original el impreso acaba diciendo que no aparece esa documentación, con lo que puedes iniciar la rehabilitación. En Alicante además hay una excepción y es que en los años ochenta el archivo físico de tráfico sufrió una inundación, con lo que hay aún más vehículos de los que la administración no puede facilitar datos. Otra cosa es que el vehículo aparezca a nombre de alguien, que incluso podría haber fallecido hace tiempo. Ahí si que es prácticamente imposible rehabilitar nada. Porque en este país arreglar una herencia parece casi tan complicado como que se apague el sol o llueva para arriba.
La administración requiere que para casi todos estos trámites se presente el DNI original de ambas partes. Algo complicado si la moto está a nombre de alguien de la otra punta del país, o un tercero que no sea la persona que te ha vendido la moto. No todo el mundo se presta a dejar su DNI a alguien que no conoce (ironía off), por eso cuando a nosotros nos pidieron el documento del padre del actual propietario tuvimos que improvisar un contrato de compra-venta entre nosotros para poder iniciar el trámite. Como ya expliqué en al anterior artículo. Esto no es ningún delito, sino que se aprovecha un resquicio que tiene la administración para hacer un trámite.
Según su propio reglamento un vehículo que se ha dado de baja es como una maceta. Puede ser comprado y vendido sin necesidad de realizar ningún procedimiento administrativo. Pero si llegas a tráfico les suele costar un buen rato de explicaciones si el vehículo que llevas viene con un contrato de compra-venta en el que no figura el nombre del último propietario que les aparece a ellos en el ordenador. Por eso si no no aparece en el ordenador tienen que “tragar” con el contrato que sea. Otra opción consiste en que un notario haga un acta de manifestaciones en la que diga que ese vehículo es tuyo desde hace más de dos años y que dos testigos confirman ese hecho. La pega es que los notarios no trabajan de gratis y hay que pasar por caja de nuevo, además del tiempo que lleva y que retrasa un poco más todo el procedimiento.
Con todo esto creo que os he contado la práctica totalidad de mis conocimientos a la hora de enfrentar la administración para hacer una rehabilitación. Ya expliqué al principio que mi conocimiento se basa en la experiencia que me ha dado los trámites que he hecho en unos cuantos años. Pero que esto no significa que mis palabras sean para tomarlas al pie de la letra como si fueran una ley. Lo mejor siempre es perder algo de tiempo y, amablemente, preguntar en las ventanillas. Si empiezas con un “buenos días” y una sonrisa las cosas no suelen acabar mal.
Lo que pasa es que desde finales del año pasado en casi todas las Direcciones Provinciales de Tráfico se ha instaurado un sistema de cita previa, que significa que tienes garantizado que tu trámite se realizará el día seleccionado. Pero que no significa que te vayas a ahorrar las colas, porque la ventanilla que da los números sigue siendo la misma a la que acude todo el mundo, tenga cita o no.
A partir de aquí os queda evaluar si esa moto tan interesante que has encontrado, y que está de baja, te interesa. Porque además de aprender mecánica tendrás que aprender algo de papeleo administrativo para conseguir rodar con ella legalmente por la calle. Sólo me queda deciros que mi amigo ya rueda feliz y contento por la calle con la moto de su padre totalmente restaurada. Y creo que el padre también está muy contento con su nueva-vieja moto.
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