Los plazos de las ITV no se pueden acortar por las prórrogas post estado de alarma, pero continúan las dudas

Los plazos de las ITV no se pueden acortar por las prórrogas post estado de alarma, pero continúan las dudas
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La sentencia del Tribunal Supremo ya es firme y anula el apartado de manera definitiva.

Con el cierre de los centros de ITV durante el primer estado de alarma y la alerta por el colapso que iba a haber tras la reapertura, el Gobierno decidió establecer una prórroga de hasta varios meses para los vehículos a los que les venciera la inspección durante la situación excepcional.

Pero apostaron por no cambiar la fecha de validez y mantener la original, lo que ocasionó un gran revuelo y finalmente terminó tumbado por el Tribunal Supremo en octubre. Pero el asunto sigue ocasionando dudas y hay vehículos afectados por dicho acortamiento de la fecha de la ITV. Te explicamos lo que ha pasado en los últimos meses y cómo tendrás que proceder.

El problema era para los que caducara la ITV entre el 14 de marzo y el 20 de junio

Itv

Con la llegada del confinamiento total de España durante la que fue la primera parte del estado de alarma, establecimientos y servicios como los prestados por los centros de ITV tuvieron que paralizarse. Aquello dio lugar a dudas sobre qué pasaría con las motos, coches y otros vehículos que iban a quedarse sin validez de ITV durante esos meses.

En concreto, la situación excepcional más restrictiva (por el momento) duró desde el 14 de marzo al 20 de junio, por lo que se decidió establecer una prórroga a los vehículos cuya inspección obligatoria perdiera su validez durante dicho plazo.

Se hizo por medio de la Orden Ministerial SND/413/2020 publicada el 15 de mayo y añadiendo a los 30 días de margen establecidos previamente, otros 15 días por cada semana desde el inicio del estado de alarma (14 de marzo) y hasta la caducidad de la ITV de nuestra moto o coche. Y ese tiempo empezaba a contar desde que finalizara el confinamiento (20 de junio).

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A pesar de ello, hay gente que todavía tiene dudas o que incluso está circulando con la ITV caducada por desconocimiento o porque no consigue cita en el centro de inspección más cercano. A modo de recordatorio, te dejamos al final de este post cuál es la nueva fecha de caducidad de tu moto o coche, es decir, el día desde el que dejaría de tener validez y ya te estarías enfrentando a una sanción económica. Y mucho cuidado, porque tener la cita no te librará de la multa, ya que con ella caducada solo podrías circular en el trayecto hasta el centro de inspección.

Pero dicha publicación del Gobierno también contenía un polémico apartado en el que se establecía que se tomaba como referencia la fecha que constara en la tarjeta ITV y no la de la revisión. Es decir, que en la nueva visita al centro de inspección la prórroga no se contaba y un conductor que llevara su vehículo en noviembre (porque le tocaba en mayo) acabaría perdiendo seis meses de validez (un coche con 10 años por ejemplo tendría que volver en mayo de 2021 de nuevo, según establecía el Gobierno).

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De ahí que el asunto llegara hasta el Tribunal Supremo, que finalmente el 2 de octubre suspendió cautelarmente dicho apartado y por tanto desde ese día debe contar la validez de la ITV desde la fecha de la visita al centro de inspección. ¿El problema? Que esta sentencia no es firme y no tiene carácter retroactivo.

Eso quiere decir que mientras el Supremo no se vuelva a pronunciar al respecto, los que pasaran la inspección antes del 2 de octubre se han visto perjudicados por dicho acortamiento del plazo y tendrán que esperar novedades.

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Estos afectados por el momento lo que pueden hacer es poner una reclamación en el área o departamento dedicado a Industria de la Comunidad Autónoma en la que realizaron la ITV, a la espera de que se dicte nueva sentencia (la sentencia ya es firme) y se puedan reorganizar las fechas. Y también deberías tener cuidado, porque se han dado casos de centros de inspección que han seguido acortando esta validez a pesar de lo dictado por el Supremo y es algo totalmente reclamable e ilegal.

También hay que recordar que esto de lo que hablamos no es válido para la segunda prórroga aplicada a los vehículos con la ITV con fecha de caducidad entre el 21 de junio y el 31 de agosto. En este caso seguirá rigiendo la fecha de la tarjeta ITV y simplemente se realizó para descongestionar los centros y permitir una mejor fluidez de las citas.

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Calendario definitivo con la prórroga aplicada

Semana del estado de alarma en la que caducó la ITV Nueva fecha límite
Del 14 al 20 marzo 04/08/2020
Del 21 al 27 marzo 19/08/2020
Del 28 marzo al 3 abril 03/09/2020
Del 4 al 10 abril 18/09/2020
Del 11 al 17 abril 03/10/2020
Del 18 al 24 abril 18/10/2020
Del 25 abril al 1 mayo 02/11/2020
Del 2 al 8 mayo 17/11/2020
Del 9 al 15 mayo 02/12/2020
Del 16 al 22 de mayo 17/12/2020
Del 23 al 29 de mayo 02/01/2021
Del 30 de mayo al 5 de junio 16/01/2021
Del 6 al 12 de junio 31/01/2021
Del 13 al 19 de junio  15/02/2021
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