Los patinetes eléctricos los carga el diablo. Ya sabemos de buena tinta que por ley, están limitados a 25 kilómetros por hora, pero llegan a muchos más. En consecuencia, muchos propietarios los trucan de una manera sencilla, pero corren el peligro de que les acaben trincando. Como el caso de hoy.
En Tenerife, la Policía Local pilló al conductor de este patinete a 99 kilómetros por hora. Y porque el radar no daba más de dos cifras.
Llevar un patinete a 99 km/h es considerado como ir en moto, según el juzgado
Algunos medios locales ya han bautizado a este temerario suceso como "la patineta-bólido", y no es para menos viendo lo equipado que estaba el patinete. No faltan pegatinas de Ducati, hasta topes en las ruedas, y todo tipo de llamativos artilugios.
La Policía Local, dice en su informe, pilló al patinete a 99 kilómetros por hora en pleno municipio. Según explican, es la velocidad máxima que podía detectar el radar, ya que solo contaba con dos dígitos. Es decir, que lo más probable es que fuese a más velocidad ya que el radar estaba limitado.
Según el propio ayuntamiento, teniendo en cuenta ese dato de velocidad, el patinete deja de ser un vehículo de movilidad personal para ser considerado una motocicleta de dos ruedas. Es decir, que necesitaría de un carnet de moto A1 o superior. Obviamente, no lo tenía.
Total, que el conductor del patinete ha tenido que pasar por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, y ha sido condenado. Tendrá que realizar trabajos en beneficio de la comunidad por tiempo de 32 días, pero no ha sido condenado por la velocidad, sino por no poseer permiso de conducción ni la documentación del vehículo.
Sin embargo, sorprende que no haya sido juzgado por sobrepasar el límite de velocidad por encima de los 99 km/h. Según el Código de Circulación, la velocidad máxima de estos aparatos es de 25 km/h, superarlo es una multa de 200 euros.
Pero lo más curioso de todo es que si consideraban al patinete como una motocicleta, y sobrepasar el límite de velocidad por semejante cantidad, no haya sido multado en consecuencia.
Teniendo en cuenta que circulaba en una zona de 50 km/h a 99 km/h, eso supone una infracción grave con 500 euros y seis puntos (que estos no te los pueden retirar del carnet).
Porque sí, la DGT te puede poner una multa en bici o patinete, la que sea, pero nunca nos podrán restar puntos del carnet cuando cometamos una infracción a sus mandos. Esto se aplica siempre, aunque tengamos uno o varios permisos de conducir.