Las motos sin etiqueta ambiental sí podrán, de momento, aparcar en Madrid a partir de enero de 2020

Las motos sin etiqueta ambiental sí podrán, de momento, aparcar en Madrid a partir de enero de 2020
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Si has utilizado esta semana la moto habrás visto que el Ayuntamiento de Madrid está anunciando (o mejor dicho recordando) que a partir del 1 de enero de 2020 los vehículos sin distintivo ambiental no podrán aparcar en la zona SER.

Con este mensaje tan escueto suscita ciertas dudas si es con todo tipo de vehículos y si eso incluye a las motos. Y te damos la respuesta: no, a las motos esto no les afecta, ni siquiera a las que no disponen de la etiqueta medioambiental o, dicho de otra manera, a las que les corresponde la categoría medioambiental de tipo A.

Las motos de dos y tres ruedas están exentas de esta prohibición

Pegatinas Eco Dgt Moto

Con el cambio de Gobierno en la capital de Madrid hace cerca de un año también llegó un nuevo anuncio de que cambiaría el plan anticontaminación del anterior Madrid Central de Manuela Carmena al futuro Madrid 360 de José Luis Martínez-Almeida, actual alcalde de Madrid.

Sin embargo, actualmente sigue vigente la antigua Ordenanza de Movilidad Sostenible que se aprobó en octubre de 2018. Es en esta normativa donde se indica que los vehículos sin distintivo ambiental no podrán aparcar en toda la zona de Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) de la ciudad. Esta prohibición hace referencia a los vehículos diésel matriculados antes de 2006 o a los gasolina matriculados antes del año 2000 con la excepción de los propietarios de los vehículos sin distintivo que sí podrían aparcar en las zonas SER donde estén empadronados.

Pero no es la única excepción y hay una que atañe directamente a las motos y triciclos: esta prohibición no incluye a los vehículos de dos y tres ruedas, lo que quiere decir que los que vamos en moto sí que podríamos aparcar en la zona SER, aunque no llevemos etiqueta.

Además, se va a seguir permitiendo aparcar las aceras, siempre y cuando se cumpla con la normativa vigente, lo que quiere decir que no podemos aparcarla en la calle de cualquier forma en Madrid (recordamos que la normativa depende de cada ordenanza municipal, a pesar de que en el Reglamento General de Circulación indique que no se puede aparcar con un vehículo de dos ruedas en la acera).

Madrid Central 1

El incumplimiento de este punto de la ordenanza conlleva una sanción de 90 euros o 45 euros si se realiza el pronto pago. Toda esta ordenanza surgió a raíz de la directiva europea 2008/50/CE del 21 de mayo de 2008 que controla la calidad del aire de los países participantes en el Parlamento Europeo. Según informa el Ayuntamiento, no se cumplen los objetivos desde 2010.

Madrid 360, el plan del nuevo Gobierno de Madrid, aún no tiene fecha concreta de inicio. Hace unos meses se informó de cuáles serían sus puntos clave y aquí contamos cómo afectaría a las motos.

Madrid Centra Madrid 360 Versus
A la izquierda el mapa actual de Madrid Central, a la derecha el nuevo logo de Madrid360.

Sabemos que entrará en vigor a principios del primer semestre de 2020, pero hasta que se anuncie la fecha concreta Madrid Central seguirá funcionando como hasta ahora. Pero cuidado, en el momento en que ya funcione Madrid 360 las motos sin distintivo ya no podrán ni estacionar ni circular por la almendra central, a no ser que el propietario sea residente. En ese caso podrán estacionarlas, pero solo en su barrio.

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