El Tribunal de Justicia de Madrid admite un recurso contra el carnet de conducir digital y la seguridad de la App "miDGT"

El Tribunal de Justicia de Madrid admite un recurso contra el carnet de conducir digital y la seguridad de la App "miDGT"
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La Dirección General de Tráfico lleva tiempo anunciando las utilidades de su nueva aplicación para smartphones. La opción más innovadora es la de poder llevar toda la documentación en el móvil y eso es lo que han anunciado a bombo y platillo a través de su campaña de publicidad.

Pese a que existe una Instrucción de la DGT que da validez a la documentación digital vía su App móvil "miDGT", parece que no es oro todo lo que reluce. El Tribunal de Justicia de Madrid ha admitido a trámite un recurso ejecutado por la asesoría jurídica Dvuelta en el que se pone en alerta sobre las potenciales faltas de seguridad de la aplicación, así como la imposibilidad de llevar el carnet en formato digital.

La batalla legal contra la validez de la App "miDGT" no ha hecho más que empezar

App Dgt

La entidad que se dedica a la defensa de los conductores Dvuelta suele ser bastante activa en todos los temas de tráfico que pueden tener una segunda opinión legal. El de la aplicación para smartphone "miDGT" es un nuevo caso en el que actúa y ha recurrido tanto su validez en términos legales como la seguridad en protección de datos que ofrece al usuario final.

Desde la empresa ponen en duda la validez legal del carnet de conducir electrónico ya que es algo que no recoge la Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de la Circulación. Según Dvuelta, lo que anuncia la DGT con la App puede "inducir a los conductores a la comisión de una infracción tipificada en el Reglamento General de la Circulación, que desarrolla la Ley de Seguridad Vial, como es conducir sin portar consigo el permiso de conducción. Lo mismo puede decirse de poder incorporar la documentación del vehículo a la App". Aquí hay que tener en cuenta que la DGT emitió en marzo de 2020 una instrucción interna dando validez legal a los documentos de la aplicación móvil. El Tribunal de Justicia de Madrid ha admitido a trámite un recurso que trata,entre otros, este tema.

El otro aspecto en el que Dvuelta duda de la App de la DGT es en su seguridad general. Según la compañía, "miDGT" demanda una aceptación de términos y condiciones excesiva y que va en contra a la propiedad privada de los datos de los usuarios.

Aunque esto de aceptar más demandas de las que a priori el usuario final puede pensar no es exclusivo de la App de la DGT, esta requiere que le demos acceso a la cámara, a la ubicación y a los servicios internos del teléfono. Desde Dvuelta lo ven innecesario, e instan a los usuarios a revisar esos permisos en sus teléfonos.

La ITV y el distintivo ambiental, la asignatura pendiente para la app "miDGT"

Pegatina Itv Dgt

La app "miDGT" es de reciente creación y tiene que seguir actualizándose para crear nuevas funcionalidades. Llama la atención que, aunque permite llevar el carnet de conducir y los documentos del vehículo en formato digital, no haga esto mismo con la información relativa a la ITV y el distintivo ambiental.

Pese a que la DGT informa en la App de cuál es el distintivo ambiental y cuando caduca la ITV de nuestro vehículo, sigue demandando a los propietarios que adhieran la pegatina de la ITV en algún lugar visible de la moto mientras que lo recomienda en el caso de la etiqueta medioambiental.

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Comentarios cerrados
    • La app de la DGT utiliza el certificado digital emitido, al menos en mi caso, por la FNMT, es el mismo que usamos para conectarnos con la administración.
      Al acceder a la app además solicita un patrón de desbloqueo que en teoría solo lo sabe el propietario del teléfono.
      No deja capturar pantalla.
      Si que aparece el distintivo que corresponde al vehículo ya sea B, C, 0 o ECO, aparece cuando entramos en "Mis Vehículos".
      Si aparece si tienes la ITV en vigor o no, en caso de no estar en vigor, aparece un triángulo rojo con una admiración, al pulsar en él, nos indica el día que ha caducado la ITV. En el caso de tener la ITV en vigor indica el kilometraje del vehículo y la fecha de la próxima inspección.
      También a aprecen los datos de la compañía aseguradora.
      Lo único que aún no está implementado es la "ficha técnica del vehículo".

      Los de DVuelta están un poco desfasados y al final no tendrán razón.

    • La leyes no se deben leer al pie de la letra. En derecho manda el espíritu de la norma y está la interpretación que hacen los jueces. Que esa ley o reglamento no especifique el carnet digital no significa que sea ilegal. Por espíritu de la norma, es la letra de la ley la que se ha quedado desfasada.

      ¿Acaso se dejaron sin validez sanciones económicas cuando se extinguió la peseta pero aún muchas normas no se habían modificado? Ya me veo en la cola de Tráfico diciendo "mire señor, su multa es inválida porque el artículo tal pone que son 15.000 pesetas y esa moneda no existe" jajajaj

      Lo dicho, las leyes no deben leerse en su literalidad, sino por su significado.

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