Una multa por llevar una cámara GoPro instalada en el casco vuelve a abrir el debate, pero esto es lo que dice la ley

Una multa por llevar una cámara GoPro instalada en el casco vuelve a abrir el debate, pero esto es lo que dice la ley
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La Guardia Civil sancionó el pasado fin de semana a un motorista que llevaba acoplada una cámara GoPro en el casco de su moto y las reacciones en redes sociales no se han hecho esperar.

Las opiniones son variadas y la denuncia podría ser invalidada (si se recurre) por una falta de claridad en el Reglamento General de Circulación pero por el momento la multa de 200 euros con retirada de tres puntos del carnet de conducir sigue adelante.

Multa de 200 euros por llevar una cámara en el casco de la moto

Multa Camara Gopro Casco

Tras la noticia sobre la sanción a un motorista que llevaba una GoPro 7 instalada en el casco mientras conducía por la carretera MA10 de Mallorca, la red se ha llenado de opiniones sobre la validez que tiene esta multa. El agente de la Guardia Civil sostiene en la descripción que no se estaba usando correctamente el casco homologado.

Se refiere al artículo 118 del Real Decreto 965/2006 que modificó ciertos puntos del Reglamento General de Circulación y en el que se apunta a que: "Los conductores y pasajeros de motocicletas o motocicletas con sidecar, de vehículos de tres ruedas y cuadriciclos, de ciclomotores y de vehículos especiales tipo quad, deberán utilizar adecuadamente cascos de protección homologados o certificados según la legislación vigente, cuando circulen tanto en vías urbanas como en interurbanas".

Y como podemos ver en la denuncia formulada por el agente, lo que entiende es que la infracción es llevar un accesorio de este tipo sin que el casco haya sido homologado para llevarlo. Es decir, que no ha sido probada su eficacia en esas condiciones en las pruebas que se hacen para certificarlo. De hecho, en Europa se está trabajando para que a partir de 2023 los cascos que se diseñen con opción a montar cámaras, intercomunicadores o dispositivos similares tengan que someterse a tests con estos accesorios instalados.

Multa Camara Gopro Casco 2

Pero como eso no ha llegado todavía y el contenido del Real Decreto puede dar lugar a distintas interpretaciones, de nuevo la falta de claridad hace posible que se formulen este tipo de sanciones. Lo mismo está ocurriendo con los intercomunicadores, algo a lo que llevamos años esperando que la DGT termine de aclarar de forma oficial y que, además, se propone para sanción por entender algunos agentes que incumple el Real Decreto 1428/2003, que prohíbe del uso de cascos, auriculares o instrumentos similares durante la conducción.

Lo que es evidente es que el motorista podría recurrir la multa a la espera de que se desestime por motivos como una descripción insuficientemente precisa o por la escasez de claridad en la norma pero no es la primera vez que se sanciona una práctica como ésta. Mientras tanto, habrá que esperar a que se aclaren las leyes que regulan estos asuntos, que como siempre van muy por detrás de la tecnología. Y si no que se lo digan a los usuarios de patinetes eléctricos.

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