La llamada como nueva normalidad ya ha llegado a España después del fin del estado de alarma decretado por la crisis sanitaria de la COVID-19. Con el del pasado día 21 de junio de 2020 quedan atrás tres meses tan difíciles como atípicos.
Una de las medidas que afecta al mundo de la automoción es la ampliación de las fechas límites para pasar la ITV. Los vehículos que deberían haber pasado esta revisión durante el estado de alarma tienen una prórroga de tiempo para hacerlo. Ya sabemos el calendario concreto que marcará la actuación de este tipo de centros en los próximos meses.
La ampliación extraordinaria no afecta a la fecha de la tarjeta de la ITV
La ampliación de las fechas de la ITV por causa del estado de alarma está recogida en el Boletín Oficial del Estado del sábado 16 de mayo de 2020, Orden SND/413/2020. Concreta que se amplía el plazo de las ITV durante 30 días más un plazo de 15 días por semana desde que empieza el estado de alarma. Por ejemplo, un coche que tendría que haber pasado la ITV la semana del 14 al 20 de marzo tendrá un plazo de un mes y quince días desde el sábado 20 de junio para pasar el trámite de la ITV.
Un aspecto que está creando debate es el hecho de que la ampliación de tiempo no conste en consideración para la posterior inspección. La orden ministerial dice que "se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y no computará, en ningún caso, la prórroga de los certificados concedida como consecuencia de la declaración del estado de alarma y de sus sucesivas prórrogas". Es algo controvertido ya que, en la ITV se evalúa el estado del vehículo en un momento concreto y se le da validez a futuro desde ese instante. Si ese momento en concreto está más adelantado en el calendario es lógico pensar que el tiempo que pasa hasta la siguiente revisión también se debería alargar.
La ITV en las motocicletas se pasa a los cuatro años desde su fecha de matriculación y a partir de ahí cada dos años. En el caso de los ciclomotores, la pasan a los tres años desde su matriculación y a partir de ahí cada dos años. Puede suceder que, con el estado de alarma, existan casos que alarguen la revisión hasta más de seis meses y que queden pendientes de ir de nuevo a la ITV un año y medio después de haberla pasado tras las circunstancias excepcionales vividas.
Este es el calendario definitivo de las prórrogas de la ITV
El calendario definitivo de la prórroga de la ITV una vez España ha dejado atrás el estado de alarma es el siguiente:
Semana del estado de alarma en la que caducó la ITV | Nueva fecha límite |
---|---|
Del 14 al 20 marzo | 04/08/2020 |
Del 21 al 27 marzo | 19/08/2020 |
Del 28 marzo al 3 abril | 03/09/2020 |
Del 4 al 10 abril | 18/09/2020 |
Del 11 al 17 abril | 03/10/2020 |
Del 18 al 24 abril | 18/10/2020 |
Del 25 abril al 1 mayo | 02/11/2020 |
Del 2 al 8 mayo | 17/11/2020 |
Del 9 al 15 mayo | 02/12/2020 |
Del 16 al 22 de mayo | 17/12/2020 |
Del 23 al 29 de mayo | 02/01/2021 |
Del 30 de mayo al 5 de junio | 16/01/2021 |
Del 6 al 12 de junio | 31/01/2021 |
Del 13 al 19 de junio | 15/02/2021 |
El día 20 de junio | 02/03/2021 |
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