Ayer por la mañana la Cadena Ser lanzaba la noticia de que el Ayuntamiento de Madrid habría estado multando a las motos estacionadas sobre la acera de la céntrica calle de Gran Vía. El dispositivo especial de movilidad para mejorar el tránsito de peatones en las calles más concurridas de Madrid prohibió temporalmente el estacionamiento, pero sólo de manera temporal y estas multas habrían sido emitidas fuera de los periodos a los que afecta el dispositivo navideño.
Para quienes aparcaron sus motos en las aceras ayer y se encontraron con una desagradable e inesperada receta la sospresa ha sido mayúscula. Se suponía que fuera de los periodos del 2 al 11, 16 al 18 de diciembre y del 23 de diciembre al 8 de enero se podría estacionar como habitualmente. Entonces, ¿qué es lo que ha pasado?
El conflicto Ordenanza VS dispositivo de Navidad
Para empezar, hasta ahora y según el artículo 62 de la Ordenanza de 2010 que regula la movilidad en Madrid vigente, las motocicletas y ciclomotores podían estacionar en las aceras de la capital si tuvieran un ancho de más de tres metros. A continuación os dejamos el fragmento:
Los vehículos de dos ruedas, ya sean motocicletas, ciclomotores o bicicletas, estacionarán en los espacios específicamente reservados al efecto. (...)
Cuando no sea posible el estacionamiento en calzada o en los espacios reservados previstos anteriormente, los vehículos de dos ruedas podrán estacionar en las aceras, andenes y paseos de más de 3 metros de ancho con las siguientes condiciones:
Paralelamente al bordillo, lo más próximo posible al mismo, cuando las aceras, andenes o paseos tengan una anchura inferior a seis metros. En ningún caso se permitirán dos líneas de estacionamiento en la acera.
Entre los alcorques, si los hubiera, siempre y cuando el anclaje del vehículo no se realice en los árboles u otros elementos vegetales. En caso de existir más de una alineación de árboles en la acera, únicamente se podrá estacionar entre los alcorques más próximos al bordillo.
En semibatería o en ángulo, cuando las aceras, andenes o paseos tengan una anchura superior a 6 metros.
Fuera de los tramos de acera que coincidan con una reserva señalizada para persona de movilidad reducida, carga y descarga, sin obstaculizar paradas de transporte público o pasos de peatones, así como en zonas señalizadas con prohibición de estacionamiento o parada por motivos de seguridad.
Por contra, el dispositivo especial de movilidad (que puedes consultar aquí al completo) para el centro de Madrid, con la intención de mejorar el intensísimo tránsito de peatones que se repite año tras año en estas fechas despejando las aceras y llegando incluso a destinar carriles de la calzada al tránsito de peatones nos dice que:
Durante los días de restricciones de tráfico se prohibirá mediante señalización fija el estacionamiento de motocicletas y ciclomotores en toda la calle de la Gran Vía, Red de San Luis y Plaza del Callao, tanto en zonas de acera ordinaria como en los carriles de circulación habilitados provisionalmente para uso peatonal; alternativamente, se habilitarán zonas concretas señalizadas para el estacionamiento de tal clase de vehículos.
Aquí podemos leer textualmente que "durante los días de restricciones se prohibirá mediante señalización fija". Vale, de acuerdo, entonces habría que retirar las placas fuera de esos días, especificar en las placas los periodos de efecto o utilizando el libre albedrío, simplemente, no hacerlas caso. Pero claro, aquí se ha generado un conflicto que crea muchas dudas y sobre el que aún no tenemos respuesta, pero por el camino si eso colamos alguna multa.
Me han multado estacionado en Gran Vía, ¿ahora qué?
Si eres uno de los afectados por las multas de los agentes de movilidad debes saber que al estar fuera de los periodos de dispositivo especial esas multas no deberían haberse producido porque no existiría efectividad de las restricciones, pero las placas siguen ahí y en base a ellas el Cuerpo de Agentes de Movilidad ha multado a discreción a las motos estacionadas en Gran Vía.
Sí, las placas siguen ahí, aunque no las hayas visto porque están colocadas en las farolas a más de dos metros de alto y si no las vas buscando es casi imposible haberlas visto salvo que seas aficionado a la ornitología y vayas por la vida mirando hacia arriba. Además su tamaño es un poco de juguete.
Desde ayer nos hemos puesto en contacto con el Ayuntamiento de Madrid y su Área de Medio Ambiente y Movilidad hasta en tres ocasiones antes de publicar esta noticia, y las tres veces nos han confirmado que es algo que sólo afectaría en el periodo del dispositivo especial, pero con la boca pequeña.
Lo que sí nos han comentado es que las placas de prohibición de aparcamiento para motocicletas en Gran Vía se instalaron el pasado lunes 19 y no hemos logrado una respuesta clara sobre si se corresponden con el dispositivo de Navidad o es otra medida aparte. En cualquier caso la responsable de comunicación del Área de Movilidad solicitó en la jornada de ayer un informe técnico sobre la vigencia o no vigencia de estas medidas supuestamente temporales y estamos a la espera, aún, de que nos comuniquen una respuesta oficial y definitiva que aclare todas las dudas y, especialmente, qué va a ocurrir con las multas.
En cualquier caso de haber sido afectado, yo recurriría. Una medida de carácter temporal como la que se ha implementado para unos días concretos no debe contravenir una Ordenanza Municipal. Bueno, en realidad poder sí que puede, pero no fuera de los plazos de afectación de esa medida temporal, recordemos: 2 al 11, 16 al 18 de diciembre y del 23 de diciembre al 8 de enero.
Motos en Madrid sí o no, ¿en qué quedamos?
Es habitual ver a las motos aparcadas en las aceras, en muchos casos incumpliendo la Ordenanza de Movilidad para la Ciudad de Madrid al estacionarse en zonas de peatones con una anchura inferior a los 3 metros, pero también habría que recordar al consistorio que las motocicletas y los ciclomotores suponen una notable mejora en, precisamente, la movilidad en una urbe tan congestionada como Madrid.
Estos vehículos de dos ruedas (o tres, según el caso) contribuyen a la fluidez del tráfico y reducen las emisiones nocivas como las que hoy han vuelto a forzar el Escenario 1 del protocolo de contaminación que limita la velocidad a 70 km/h en la M-30 y que mañana posiblemente signifique que muchos coches no puedan estacionar en el centro dentro del Escenario 2.
Las motocicletas no quedan afectadas por las restricciones al estacionamiento en los primeros escenarios igual que tampoco pagan el estacionamiento regulado y disponen en muchos semáforos de una zona específica, pero si por un lado estamos favoreciendo el uso de vehículos de dos ruedas, ¿por qué no tenemos zonas de estacionamiento apropiadas? ¿Y por qué se restringe su aparcamiento en zonas donde antes sí se podía?
Los estacionamientos de motos actuales son a todas luces insuficientes. Pocos, mal repartidos y en algunos casos ocupados por motocicletas abandonadas a medio desguazar u otros objetos allí estacionados que poco tienen que ver con una moto. Además, los propios espacios de estacionamiento en sí no están bien diseñados, algunos con bolardos colocados entre medias de las supuestas plazas de estacionamiento que ocupan espacio de manera ineficiente.
Si el consistorio de Manuela Carmena se ha propuesto mejorar la circulación y la movilidad de los cientos de miles de personas que a diario pasan por el centro Madrid no puede dar la espalda al sector de las dos ruedas. Igual que el uso del transporte público, las motocicletas son una pieza clave para descongestionar la capital. No tiene sentido dar unas veces una de cal y luego otra de arena.
En cualquier caso, seguimos esperando una respuesta desde el Ayuntamiento para aclarar todas las dudas que aún tenemos por resolver y poder darte una respuesta concreta sobre qué hacer a partir de ahora en el centro de Madrid. Tan pronto como tengamos conocimiento actualizaremos la información.