Las nuevas formas de movilidad son una realidad en las ciudades, ya sean pequeñas, medianas o grandes. Peatones y usuarios de bicicletas y VMP conviven de la mejor manera que pueden en las aceras y pasos de peatones, aunque a veces muchas veces se produzcan situaciones que chocan, como pasar un paso de cebra montados en una bicicleta.
Los pasos de peatones son uno de los lugares que más inquietud y preguntas provocan cuando concurren peatones y bicicletas/VMP. ¿Quién tiene preferencia al pasar? ¿Hay que bajarse de ellos cada vez que se quiera atravesar un paso de peatones? La DGT responde a la pregunta, y la respuesta lleva multa incluida.
Un paso de cebra es para los peatones, y la bicicleta es un vehículo
Es una práctica bastante habitual ver como en muchas ciudades los usuarios de la bicicleta cruzan los pasos de peatones montados sobre ella. Puede parecer algo común y habitual, pero se trata de una infracción que recogida en el Reglamento General de Circulación, y saltársela supone infringir una norma.
En un tuit publicado la DGT ha agitado a los usuarios. El organismo dirigido por Pere Navarro recuerda que "las bicis no tienen prioridad en los pasos de peatones" y que para "cruzar por un paso de peatones es obligatorio bajarse de la bici y cruzarlo andando".
Quienes pueden multarte, la Guardia Civil, recuerda también que un paso de cebra es un espacio habilitado para el cruce de peatones y está claro que la bicicleta es un vehículo. Cuando un ciclista tiene que cruzarlo debe bajarse y pasar caminando, explican.
Hay que irse al Reglamento General de Circulación para ver que en artículo 121.5 se especifica que "la circulación de toda clase de vehículos en ningún caso deberá efectuarse por las aceras y demás zonas peatonales". Eso deja claro que la bicicleta es un vehículo y que solo se puede pasar por el paso de peatones empujándola a pie.
Un recordatorio que viene acompañado de una sanción según ese mismo reglamento: quien pase montado en bicicleta por un paso de peatones se enfrenta a una multa de 200 euros. En el artículo 65.4 de la norma se considera pasar montado sobre una bicicleta por un paso de peatones es una infracción grave.
Hay un pero en todo esto: las ordenanzas municipales. El cajón de sastre del Reglamento General de Circulación que permite a los ayuntamientos regular este tipo de normas. Por ejemplo, podría darse el caso de que alguna ciudad sí dejase pasar los pasos de peatones montados sobre la bici y no fuese una infracción.
¿Es aplicable a los patinetes eléctricos? Aunque la DGT hace referencia en su mensaje a las bicicletas, la norma también se aplica a los patinetes eléctricos. Al ser también considerados vehículos, los conductores de patinetes tendrán que bajarse de ellos para cruzar un paso de peatones.
¿Qué pasa con los carriles-bici y los semáforos para ciclistas? Entonces nada de todo lo que hemos dicho aplica. Las ciudades cada vez tienen más carriles-bici para el uso de bicicletas y VMP que incluyen pasos preferentes. En ese caso dan preferencia sobre el resto de vehículos, incluidos coches, motos, autobuses o taxis, que deberán parar para ceder el paso.