Las chanclas y la moto son una constante en la época veraniega. Que si era multable, que si no lo era... Hasta ahora no había una definición concreta en el Reglamento General de Circulación. Efectivamente, hasta ahora.
La Dirección General de Tráfico ya tiene preparado el borrador sobre la reforma del Reglamento General de Circulación que debería ser aprobado en las próximas semanas en el Consejo de Ministros, según el documento preliminar.
Una escena muy típica en las ciudades costeras: gente en moto y chanclas
Entre las novedades del borrador del reglamento hay varias prohibiciones que influyen directamente a los motoristas, y concretamente la de circular con chanclas o cualquier otro tipo de calzado que no sea cerrado. Básicamente esto supone que, a partir del citado documento, estará prohibido circular con este tipo de calzado.
La DGT quiere que la protección encima de una moto sea máxima. Por eso no solo serán obligatorios los guantes o ciertos tipos de cascos (integrales o modulares en carretera). Los pies también deberán ir protegidos, e ir descalzo o con chanclas no supone eso.
La nueva normativa ya contempla, y por primera vez en la historia, que está prohibido circular con chanclas o descalzo encima de una moto. Concretamente dice: "En segundo lugar, para reducir la gravedad de posibles lesiones, se obliga a los conductores y pasajeros de motocicletas a llevar guantes de protección cuando circulen en vías interurbanas y calzado cerrado en todo tipo de vías".
El principal argumento para la prohibición de conducir con chanclas o calzado similar es la seguridad. El Reglamento General de Circulación no establecía (hasta ahora) específicamente qué tipo de calzado era obligatorio, pero sí exige que el conductor mantenga libertad de movimientos y campo de visión necesarios para garantizar su propia seguridad, la de los pasajeros y la del resto de usuarios de la vía.
Muchos agentes de tráfico atendían a esta normativa para imponer una infracción administrativa de 100 euros al conductor que iba con chanclas, o bien descalzo. Un vacío legal que muchas veces acaba en alegaciones a favor del propio conductor.
Ahora ya no; eso se acabó. Estará específica y terminantemente prohibido circular en chanclas o descalzo en moto por primera vez en la historia de España, y después de un borrador que lleva tres años en el aire. Ahora parece que finalmente se cumplirá.
Ahora, al texto se le presenta un periodo de alegaciones en el que organismos implicados tanto públicos como privados pueden debatir e impugnar ciertas medidas. Al final se presenta al Consejo de Ministros para su discusión y aprobación. Si el Consejo de Ministros aprueba el texto, se procede a la firma del Real Decreto por el Presidente del Gobierno y los ministros correspondientes. Inmediatamente después se publicará en el BOE, a partir del cual entra en vigor en la fecha que se establezca en el propio decreto.