La movilidad está cambiando y tal y como te contamos recientemente los patinetes eléctricos son una alternativa para desplazarse por la ciudad que si bien es limpia, práctica y asequible, supone una buena parte de inconvenientes, especialmente normativos.
Los catalogados como Vehículos de Movilidad Personal (VMP) por la DGT están inundando las ciudades, y algunos consistorios están reaccionando en consecuencia. Ayer el Ayuntamiento de Barcelona en boca de Janet Sanz (Directora del Área de Ecologia, Urbanismo y Movilidad) fue tajante: La Guàrdia Urbana está sancionando a los patinetes eléctricos.
Barcelona se pone seria con los patinetes eléctricos: por las aceras no
Las sanciones sancionadoras vienen tiempo después de la aprobación de la Ordenanza Municipal que regula la circulación de los VMP, cuya entrada en vigor data de 2017 pero que hasta ahora no había sido aplicada con severidad.
Esta Ordenanza obliga a los patinetes eléctricos a circular preferentemente por los carriles bici, prohibiendo su utilización en las aceras reservadas a los peatones y se restringe su uso en vía pública a menores de 16 años. Para efectuar un control coercitivo incluyendo a estos VMP en los controles rutinarios de tráfico.
Así, los usuarios de patinetes eléctricos que circulen por calzadas peatonales a una velocidad superior a 10 o 20 km/h (según limitación) o por las aceras a cualquier velocidad podrán ser multados. Sí estará permitido su uso en los caminos de parques hasta 10 km/h y tanto en el sentido de la marcha como en dirección opuesta en plataformas únicas compartidas con coches y peatones.
Los patinetes eléctricos se dividen en las clases A y B dependiendo de sus características:
La categoría VMP A recoge a patinetes eléctricos con una velocidad máxima inferior a 20 km/h, un masa inferior a 25 kg y con unas medidas no superiores a 0,6 metros de ancho, 2,1 metros de alto y 1 metro de largo. No es obligatorio que dispongan de timbre ni dispositivo de frenado.
La categoría VMP B hace referencia a patinetes eléctricos con una velocidad máxima de 30 km/h, un masa máximo de 50 kg y unas dimensiones por debajo de 0,8 metros de ancho, 2,1 metros de alto y 1,9 metros de largo. En su caso el timbre y el sistema de frenado sí son obligatorios.
Además y ateniéndose a esta clasificación, la Ordenanza exige el uso del casco para los patinetes eléctricos de clase A y para absolutamente todos los de clase B. Una medida que pone en jaque (y prácticamente mate) a las empresas como Lime o Bike Mobility de patines compartidos.
Un vacío legal que enfrenta a empresas y ayuntamientos
De momento los Vehículos de Movilidad Personal no están reconocidos como vehículos específicamente por la Dirección de Tráfico, por lo que no cuentan con una normativa específica. La DGT delega en los ayuntamientos y los ayuntamientos se remiten a la Instrucción 16/V-124 de 2016 de la DGT sin efecto legal a día de hoy.
Mientras tanto, Valencia lleva la iniciativa en la regulación de estas empresas. Tras su desembarco este verano, Lime desoyó las advertencias del Ayuntamiento de Valencia y tras una primera retirada de los patinetes aparcados por toda la ciudad, la empresa operada por Google y Uber volvió a sacar sus Vehículos de Movilidad Personal a la calle y, de nuevo, los agentes de la policía local procedieron a denunciar y retirarlos.
Tras irrumpir en las aceras de la ciudad del Turia con 200 patinetes el Consistorio impuso 23 denuncias e incautó 52 vehículos que no fueron recogidos en un primer momento, a los que hay que sumar otras 40 denuncias y 81 vehículos más después de que Lime los volviera a poner en la calle.
A falta de una normativa especifica que aún está por llegar y las réplicas de Joan Ribó a Lime exigiendo que la empresa se atenga a las normas de circulación y operación bajo licencia municipal, la empresa estadounidense debe más 30.000 euros en multas.