Dejaron de ser una herramienta minoritaria de ocio para convertirse en una solución de movilidad urbana. Las bicicletas eléctricas viven actualmente y pese a la presión de los patinetes eléctricos una época dorada con más opciones que nunca al alcance de los clientes.
Para aquellos que se están pensando en optar por una de estas bicicletas eléctricas para sus desplazamientos cotidianos vamos a responder a una serie de preguntas típicas que pueden surgir antes del momento de compra o para aquellos que no estén muy puestos en la materia.
¿Qué es una bicicleta eléctrica?
A efectos legales una bicicleta es un ciclo, es decir, un pequeño vehículo sin motor de dos ruedas que se mueve gracias a la fuerza que el humano que la conduce aplica sobre los pedales. En el caso de las bicicletas eléctricas (ebike) se considerará como tal a todas aquellas bicicletas que reciben asistencia al pedaleo a través de un motor eléctrico.
Este motor eléctrico puede estar ubicado bien en el pedalier o bien en la rueda trasera, se alimentará de una batería generalmente de iones de litio y su principal característica es que sólo podrá asistir sobre la fuerza aplicada por el conductor, nunca impulsar a la bicicleta de manera independiente bajo demanda.
¿Cómo se define a una ebike?
Ciñéndonos a la normativa vigente las ebike son lo que se denomina EPAC, o bicicletas de pedaleo asistido dentro del marco normativo establecido por la Unión Europea.
Es el reglamento 168/2013 el que recoge las caracteríticas de las bicicletas de pedaleo asistido como aquellas "equipadas con un motor eléctrico auxiliar, de potencia nominal continua máxima inferior o igual a 250 W, cuya potencia disminuya progresivamente y que finalmente se interrumpa antes de que la velocidad del vehículo alcance los 25 km/h o si el ciclista deja de pedalear".
Si las características técnicas de una bicicleta eléctrica superan alguno de estos puntos en lo referente a potencia, velocidad o forma de entregar la potencia entrarán dentro de la categoría L1e-A (ciclo de motor) o L1e-B (ciclomotor de dos ruedas) según sea el caso.
Así mismo, el Real Decreto 339/2014 del 9 de mayo establece en el Artículo 2 apartado c que "un ciclo de pedaleo asistido será un ciclo equipado con pedales y un motor eléctrico auxiliar, que no puede ser propulsado exclusivamente por medio de ese motor auxiliar.
¿Las ebike deben tener matrícula, seguro y requerir licencia para su conducción?
No. Las bicicletas de pedaleo asistido no serán objeto de matriculación. Por su consideración como ciclos están exentas de contar con matriculación para circular con ellas así como tampoco estarán obligadas a tener un seguro de responsabilidad civil ni tener una licencia específica para su conducción o pasar una ITV periódica.
Hay excepciones, por supuesto, como es el caso de las Bultaco Albero (o Brinco), que por sus características de construcción no cumplen con los requisitos para ser homologadas como ciclos y pasan a la categoría equivalente a ciclomotores, por lo que sí han de estar matriculadas.
¿Qué bicicleta eléctrica debes comprar?
Si estás leyendo este artículo suponemos que es porque te interesa la oportunidad que brindan las ebikes, su facilidad de uso y sobre todo que no hay que pagar nada aparte de la propia bicicleta; ni seguro, ni matrícula, ni ITV, ni carnet... nada.
Dicho esto, lo principal es informarse bien antes de comprar nada porque actualmente en el mercado y sobre todo a través de internet es fácil encontrarse con bicicletas de pedaleo asistido que no cumplan con las características legales necesarias para ser consideradas como bicicletas. Hay que fijarse en que:
- La potencia del motor no sea superior a 250 W
- La potencia se transmita sólo y exclusivamente durante el pedaleo
- La asistencia esté limitada hasta 25 km/h
- Tenga pedales. Parece una obviedad, pero hay quien se compra algunos de esos mal llamados patinetes eléctricos pensando que son como bicicletas y no, error.
Si antes de la compra nos hemos asegurado de todos estos puntos nos evitaremos sorpresas desagradables en un futuro porque de incumplirse alguno de estos puntos nos podríamos enfrentar a multas o a que nos obliguen a matricular la bicicleta si queremos seguirla utilizando, con todo lo que ello conlleva.
¿Se puede asegurar una bicicleta eléctrica?
Dicho todo esto, hay que tener en cuenta que que una bicicleta eléctrica esté exenta de la obligatoriedad de tener un seguro no implica que no sea recomendable. Las ebike son un vehículo recogido en el Reglamento de Circulación que va a vivir su día a día entre el tráfico abierto de la ciudad, por lo que si bien no es obligatorio, sí es recomendable contratar un seguro.
Cada vez existen más productos de este tipo que se adaptan a las necesidades de cada uso y al igual que en los coches o en las motos pueden cubrir responsabilidad civil por hasta 60.000 euros, daños propios, daños a terceros, robo y diversas coberturas de asistencia.
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