Hace tiempo me quedé “ojiplático” cuando esperando en la cola de un peaje vi como un grupo reducido de moteros aprovechaba la agilidad de las motos para saltarse el impuesto revolucionario y sin medida que supone el peaje en el tramo donde me encontraba. Conducta reprobable sin lugar a dudas. Igual de reprobable, si me permitís la gracia, ir por una autopista en moto teniendo la nacional disponible. Bien, pues desde el uno de Enero los empleados de autopistas están obligados a denunciar a los conductores que no paguen el peaje y su palabra tendrá valor probatorio.
Y es que la que se avecina con los cambios introducidos en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial no es baladí. Ya algunas asociaciones en defensa de los conductores están advirtiendo que todo está preparado para establecer peajes por el uso de las autovías.
Pero vamos con lo que nos ocupa, y es que desde principios de este año, en ausencia de los agentes públicos competentes los empleados de las autopistas quedan obligados a denunciar el impago de los peajes, teniendo “valor probatorio” su versión de los hechos. Y la primera pregunta que me hago es si les habrán subido también el sueldo tras dotarlos de esta mayor responsabilidad.
Así queda recogido en una modificación de la Ley de Seguridad Vial y de la Ley de construcción, conservación y explotación de las autopistas en régimen de concesión, publicada el pasado 28 de diciembre, y os aseguro que no se trata de una inocentada. Quizás lo que pretenda sea acabar con situaciones como esta:
El personal encargado de la vigilancia de la autopista, en ausencia de los agentes públicos competentes, y cuando por la excepcionalidad de la situación se requiera, podrá adoptar las disposiciones necesarias en orden a la regulación y ordenación del tráfico formulando, en su caso, las denuncias procedentes conforme a la normativa de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial, y quedando investidos temporalmente de carácter de autoridad. Las denuncias formuladas por el personal de la empresa concesionaria tendrán valor de medio de prueba para acreditar los hechos denunciados.
Lo primero que me sorprende es que se le dote de carácter de autoridad ya no a un funcionario público como se ha hecho en otros casos sino a un trabajador de una empresa privada y además por más que he leído y releído varias veces este punto no habla solo de actuar para cobrar los peajes sino para cualquier denuncia procedente conforme a la normativa de tráfico. Por lo que haciendo un ejercicio de imaginación llevada al extremo, por qué no me va a poder denunciar el empleado (por ejemplo) de audasa por llevar el escape sin homologar, o por no llevar encendidas las luces de mi moto.
¿Será por nuestra seguridad?
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