Sí, te pueden multar con más de 600 euros por no usar mascarilla en moto, pero solo en algunos casos

Sí, te pueden multar con más de 600 euros por no usar mascarilla en moto, pero solo en algunos casos
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La obligatoriedad de usar mascarilla que está llegando durante la nueva normalidad a algunos puntos de España no cambia en nada lo dicho en este artículo y seguirá rigiendo lo que se indica.

Hubo semanas de incertidumbre sobre el uso de la mascarilla pero la situación ya está bastante más clara en general y en moto es obligatorio llevarla en los supuestos que aparecen en la Orden TMA 400/2020.

Es decir, que desde el 10 de mayo ya sabíamos que esto era así y no ha cambiado nada sobre su uso en estos vehículos con la llegada de la Orden SND/422/2020. Si todavía no tienes clara la normativa, te sacamos de dudas para que no te arriesgues a tener que pagar una multa por valor de más de 600 euros.

Multas a partir de 601 euros por no usar la mascarilla en la moto

Scrambler Ducati Sixty2 039

Tranquilo, no hay ninguna modificación nueva pero deberías saber que el uso de la mascarilla sigue siendo obligatorio en tu vehículo de dos ruedas en algunos casos y que los agentes de la autoridad están sancionando a aquellos que están incumpliendo la norma.

Recuerda que si llevas a un pasajero en tu moto, algo que está permitido y regulado de forma expresa en cualquier fase desde el lunes 11 de mayo, el uso de mascarilla será obligatorio para el que lleve un casco que no sea integral, salvo que compartáis domicilio.

Además, el casco integral que exime del uso de esta protección debe contar con pantalla o visera. Los guantes son obligatorios para el pasajero en todo caso y para todos los ocupantes en motos compartidas. Si te paran y tú o tu acompañante no cumplís con lo descrito, el infractor se estaría enfrentando a una sanción económica de como mínimo 601 euros y de hasta 30.000 euros.

Pasajero Moto 4

Esto básicamente es lo que recoge la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana cuando habla de "desobediencia o resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones" y lo tipifica como una sanción grave.

En realidad en las órdenes que han surgido durante el estado de alarma no se recogen cuantías de sanciones en estos supuestos pero, salvo nuevos cambios, los agentes están procediendo de esta manera. Como norma general se propone para sanción con el importe mínimo de los citados.

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